viernes, 21 de octubre de 2011

Clase: Jornada de trabajo, descanso, vacaciones, permisos retribuidos y absetismo laboral

Una jornada de trabajo es el tiempo que transcurre desde que un trabajador empieza a trabajar hasta la hora en la que finaliza su trabajo y se marcha de él.

Las jornadas de trabajo puede ser parciales o completas, siendo parciales las que se suelen conocer como a media jornada y las completas como su propio nombre indica las que transcurren en una jornada completa de trabajo.

En cualquier caso, el trabajador debe descansar, como mínimo, 12 horas desde una jornada a otra, si esto no ocurre puede ser por una ocasión especial o porque el empleado lo haya permitido, aunque en pricipio estaría prohibido hacerlo.
Además, si un trabajador tienen una jornada laboral de 6 horas tiene que descansar 15 minutos, eso sí, no contará detro del horario de trabajo.
Los trabajadores deben tener 30 días de vacaciones "pagadas", ya que se encuentran incluidas dentro de las horas de trabajo.
A parte de esto los trabajadores tienen permisos retribuidos como es el caso de las bajas. Las bajas puede ser por accidente laboral, en la cual debe retribuirse al empleado desde el primer día que está de baja; o puede tratarse de una enfermedad que no tiene causa en el trabajo, en este caso los 3 primeros días de baja no serán retribuidos y los siguientes si.

El absentismo laboral se puede definir como el tiempo que una persona no se encuentra en su puesto de trabajo detro de las horas de su jornada laboral.

Tipos de absentismo (fuente wikipedia- absentismo laboral):

  • "absentismo previsible y justificado: es aquel que puede ser controlado porque la empresa está informada previamente de la ausencia (permisos legales retribuidos, enfermedades comunes con baja de incapacidad laboral transitoria, accidentes de trabajo con baja laboral, permisos no retribuidos para asuntos personales.
  • absentismo no previsible y sin justificación que suponen una falta o abandono del puesto de trabajo sin autorización de la empresa.
  • absentismo presencial. Es aquella forma de absentismo en la que el empleado acude a su trabajo, pero dedica una parte del tiempo a tareas que no son propias de la actividad laboral".
En todo caso también se puede considerar absentismo laboral las bajas superiores a 20 días por enfermedad, aunque hay una excepción que es la de una enfermedad patológica que tenga larga duración y sean bajas no consecutivas, éstas no se sumaran.

Hay una cuestión a tener en cuenta, los empleados no tienen "derecho" a ausentarse del trabajo en el caso de tener que llevar a un hijo al médico siempre que no sea algo grave. Esto en muchas ocasiones no se tiene en cuenta creyedo que podemos hacerlo si necesidad de incumplir las normas.

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