viernes, 11 de noviembre de 2011

Pregunta de clase: salario de un trabajador con contrato en prácticas

Retribución de los trabajadores

Será la fijada en convenio colectivo para los trabajadores en prácticas, sin que, en su defecto, pueda ser inferior al 60 o el 75 por 100 durante el primero o el segundo año de vigencia del contrato, respectivamente, del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe el mismo o equivalente puesto de trabajo. Las citadas cuantías no podrán ser en ningún caso inferiores al salario mínimo interprofesional. En el caso de los contratos a tiempo parcial el salario mínimo indicado se reducirá en proporción al tiempo efectivamente trabajado.

Por ejemplo, en el convenio colectivo de Difusión y Comunicación 2000, S.L., por escoger algo relacionado con nuestro sector, el 1º año del 70 % del salario base y el segundo del 80 % del salario base.

Datos (fuente:http://www.convenios.ugtandalucia.es/ficha_resumen.php?id=2223):

Difusión y Comunicación 2000, S.L.
Sector: Información y comunicaciones
Código CNAE sector: J
Federación: Federación de Servicios (FES)
Ámbito territorial: Provincial (Málaga)
Publicación: BOP
Ámbito Funcional: Empresa
ÚLTIMA VIGENCIA (01/05/2007-30/04/2010)

Fecha firma: 00/00/0000

Fecha publicación: 27/12/2007

Nº de empresas afectadas: 1

Nº de trabajadores afectados: 61

ISP: 0.0000

Garantía Salarial: 0

En este sentido podemos ver que cada convenio colectivo tiene unos tantos por cientos diferentes aunque siempre ronda entre lo establecido generalmente.

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