- prestación: cuando en un período de 6 años se ha cotizado al menos 1 año (360 días). No viene vinculada la renta.
- subsidio: haber trabajado al menos 6 meses (180 días) en los últimos 6 años.
Enfermedad:
- incapacidad temporal: baja médica. A partir del cuarto día de inasistencia al trabajo se empieza a cobrar (si es por accidente laboral desde el primer día se empieza a cobrar).
- invalidez permanente:
- parcial: ha perdido al menos 1/3 de su capacidad (sin llegar a los 2/3). Se cobra indemnización.
- total: no puede realizar su trabajo habitual. Se tiene derecho a pensión de invalidez.
- absoluta: incapacidad para cualquier tipo de trabajo. Se tiene derecho a pensión de invalidez.
- gran invalidez: mermado para hacer funciones fundamentales. Se tiene derecho a pensión de invalidez y puede llegar a ganar un 140% de la base reguladora.
Existen prestaciones d embuchas clases: orfandad, viudedad, etc.
Los servicios sociales casi siempre dependen de los ayuntamientos.
Principios y definiciones:
Prevención: conjunto de medidas que tomamos para evitar riesgos.
Protección: conjunto de medidas que tomamos para evitar daños.
Secuencia de actuación:
- tomar medidas de prevención.
- protección colectiva.
- protección individual (EPI´s).
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